DERECHO INQUILINARIO: LA SALA DE CASACIÓN CIVIL DECLARA QUE EL ARRENDADOR NO ESTÁ OBLIGADO A ESPERAR LA RESOLUCIÓN DE LA SUNAVI PARA ACUDIR A LA VÍA JUDICIAL

Juan Luis Nuñez García Abogado. Inpreabogado N° 35.774 Culminada la audiencia conciliatoria, queda habilitada la vía judicial, y exigir la resolución administrativa como requisito de admisibilidad de la demanda constituye una falsa aplicación de la Ley y una violación del derecho de acceso a la justicia. Todo aquel que ha pretendido recuperar una vivienda dada …

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