LGBTIQ+: Dignidad, libertad y derechos

Por: Larry Tadino y Roberto Leyba

El principio de la libertad humana requiere la libertad de gustos y de inclinaciones, la libertad de organizar nuestra vida siguiendo nuestro modo de ser, de hacer lo que se nos plazca, sujetos a las consecuencias de nuestros actos, sin que nuestros semejantes nos lo impidan, en tanto que no les perjudiquemos, e incluso, aunque ellos pudieran encontrar nuestra conducta disparatada, perversa o errónea. John Stuart Mill. Sobre la Libertad, 1859.

Este domingo 2 de julio se realizará la XXII Marcha Nacional LGBTIQ+2023, desde Parque Miranda hasta Zona Rental, Plaza Venezuela. La lucha continúa siendo “Iguales en Dignidad y Derechos”, motivo suficiente para recordar algunos aspectos y reflexionar otro.

El pasado 28 de junio se celebró el Día Internacional del Orgullo LGBTIQ+ o Día del Orgullo Gay, en conmemoración de los disturbios de Stonewall, Nueva York en 1969. ¿Cuál es el significado de este día? El 28 de junio de 1969, cerca de 200 personas que se encontraban en el pub Stonewall debido a la constante irrupción policial, decidieron plantearse ‒inspiradas en las protestas contra la guerra de Vietnam, el movimiento hippie y el afroamericano por los derechos civiles‒ una rebelión, una manifestación popular, que minutos después congregaron a más de 600 personas, duplicándose día a día.  Sin embargo, la revuelta pacífica se convirtió violenta ante la represión policial, en la que hubo detenidos, heridos y muertos, pero que al final marcan como precedentes el trasfondo reivindicativo, la promoción a la tolerancia, la igualdad de derechos ante la ley, la no discriminación, y la dignidad de las personas LGBTIQ+.

Desde la década de 1960, los movimientos de lesbianas, gays, bisexuales, travesti, transexual, transgénero, intersexual, queer (LGBTIQ+) han reivindicado un conjunto de derechos por el reconocimiento y la no discriminación, pero a pesar de ello, todavía uno de cada cuatro países aún penaliza la homosexualidad o las realidades no heteronormativas.

El artículo 1° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por las Naciones Unidas (10 de diciembre de 1948), inicia con la siguiente afirmación: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”, es decir, el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la raza humana. El respeto a la dignidad humana de todo ser humano prohíbe al Estado tratar a una persona simplemente como un medio para alcanzar un fin, incluso si ese otro fin fuera el de salvar vidas de muchas otras personas.

Vale la pena resaltar en esta oportunidad, el hecho de que la dignidad humana —tal como la define Kant— es un requerimiento moral que exige tratar a toda persona como un fin en sí mismo. Las palabras de Kant son las siguientes. “[Todo] tiene o un precio o una dignidad. Lo que tiene un precio puede ser sustituido por otra cosa como equivalente; en cambio, lo que se halla por encima de todo precio y, por tanto, no admite equivalente, posee dignidad” (Kant, Fundamentación de la metafísica de las costumbres, 2003, p. 74).

Hay un vínculo conceptual interno entre los derechos humanos y la dignidad humana. Los derechos humanos históricamente han sido producto de la resistencia al despotismo, la opresión y la humillación. La defensa de los derechos humanos se nutre de la indignación de los humillados por la violación de su dignidad humana. Esto configura un punto de partida histórico en lo que ha sido los procesos de formación de las distintas sociedades, y además una razón para sostener que la dignidad humana constituye la fuente moral de todos los derechos, sin embargo, como miembros de este mundo totalmente globalizado, seguimos creando a través de la dignidad humana cortinas de humo para ocultar diferencias más profundas.

Sin duda alguna, vivimos grandes retos históricos específicos, diferentes aspectos del significado de la dignidad humana que surgen a partir de la abundancia de experiencias de lo que significa ser humillado y herido profundamente.

La diversidad no se puede seguir viendo como una “monstruosidad” o un “escándalo”, y la igualdad como ilusoria, ya que su proclamación puede resultar abstracta en los hechos ya que puede descuidar o negar la diversidad (¿igualdad respecto a qué?), al olvidar que el ser humano no realiza su naturaleza en una humanidad abstracta, sino en culturas tradicionales. La diversidad no es tanto producto de aquello que es diverso, es decir, de una cultura, una sociedad, una persona, sino de la ubicación que adopte el que “mira” esa diversidad.

La diversidad es consustancial con la dignidad humana, que es una y la misma en todas partes y para todo ser humano, además fundamenta la indivisibilidad de todas las categorías de los derechos humanos. De esta manera, los derechos pueden cumplir una promesa moral irrestricta, de respetar por igual la dignidad humana de cada persona.

            Asimismo, la dignidad humana es constitutiva de un orden democrático y legal, es decir, aquellos derechos que los ciudadanos de un país deben concederse a sí mismos si son capaces de respetar entre sí, como miembros de una sociedad voluntaria entre personas libres e iguales, por lo tanto, cada ciudadano tiene la facultad de exigir sus derechos y ser respetados en su dignidad humana y libertad.

Los derechos humanos exhiben un rostro como el de Jano (dios romano), en el que observa simultáneamente la moral y el derecho, y a pesar del contenido exclusivamente moral, los derechos humanos tienen la forma de derechos subjetivos exigibles que conceden libertades y exigencias específicas Por lo que, la exigencia de la comunidad LGBTIQ+ no es el reconocimiento de nuevos derechos, al contrario, es la exigencia y respeto a los derechos que, en esencia, son constitutivos de la especie humana.

En definitiva, como diría el filósofo y sociólogo alemán, Jürgen Habermas, los derechos humanos constituyen una utopía realista en la medida en que no proponen más imágenes engañosas de una utopía social que promete la felicidad colectiva, sino que fundan el ideal de una sociedad justa, libre, coexistiendo entre todos fomentando el crecimiento de cada individuo (otredad), aplaudiendo la condición y la decisión de cada individuo de ser diferente (alteridad)…no sería una utopía, sería el reencuentro con nuestra humanidad.

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