En sesión ordinaria realizada el 03 de febrero de 2022, la Asamblea Nacional sancionó la Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las grandes Transacciones Financieras, la cual tiene por objeto la creación de un impuesto que grava las grandes transacciones financieras en los términos previstos en la Ley. Asimismo, con esta Ley se busca que las transacciones en divisas paguen un impuesto igual o superior al que hoy pagan los débitos en Bolívares, dando mayor incentivo y confianza en el uso del Bolívar, por lo que se abre la posibilidad de elevar el porcentaje de la alícuota para las transacciones con divisas y criptomonedas o criptoactivos.
En este sentido, en esta Ley se busca aplicar el impuesto para estas transacciones con una tasa que oscila entre el 2% al 20%, arrancando en 2,5% para toda transacción en divisas, hasta tanto el Ejecutivo Nacional establezca una alícuota distinta.
Finalmente, el legislador reconoce la existencia de actores que pueden tener transacciones que se consideran exentas por la naturaleza de las actividades que realizan, tales como los pagos que realiza el Estado y el Banco Central de Venezuela, así como las operaciones cambiarias, permitiendo al Ejecutivo conceder exoneraciones en caso de ser necesario, a fin de permitir una adecuación más sencilla a este nuevo marco tributario. En tal caso, las exoneraciones concedidas a transacciones en moneda extranjera deberán ser igualmente otorgadas a las transacciones realizadas en Bolívares en el país, o en criptomonedas / criptoactivos emitidos por la República.